La entidad señaló que dichas personas generan renta de tercera categoría e instó a que cumplan con dicha obligación tributaria.
Los influencers, youtubers o personas que realizan alguna actividad económica en redes sociales como Facebook, Instagram, YouTube entre otras deben declarar sus ingresos y pagar impuestos por conceptos de publicidad o auspicios, según afirmó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
El organismo señaló que dicha ciudadanía generan renta en las plataformas digitales por la cantidad de seguidores, ya sea en venta de productos, monetización de sus videos o promoción pagada, es decir, generan renta de tercera categoría, gravada con una tasa de hasta 29.5%, porcentaje que lo hacen muchas empresas.
Para el caso de quienes aleguen generar una renta de cuarta categoría (8%), solo se podrá considerar a aquellos que recién están empezando sus actividades y no las realicen de manera constante.
Mediante de un video en Twitter, la entidad brindó los pasos a seguir e instó a cumplir con las obligaciones tributarias, lo que permitirá contribuir con el crecimiento del país.
- Debes inscribirte en el RUC como persona natural con negocio o persona jurídica.
- Emitir comprobantes de pago electrónicos por tus ingresos obtenidos.
- Escoger un régimen tributario según tu actividad y nivel de ingreso.
- Cambiar de régimen tributario si excedes el tope máximo de ingreso anual.
- Declarar y pagar los impuestos oportunamente.
- Llevar libros contables dependiendo del régimen tributario que hayas escogido.
- Solicitar comprobantes de pago (facturas) solo por las compras vinculadas al giro de tu negocio.
Si cumples con todas tus obligaciones tributarias, tu negocio será formal y obtendrás los siguientes beneficios:
- Acceder a créditos financieros
- Fortalecer y hacer crecer tu actividad de negocio.
- Contribuir con la reactivación de las actividades económicas en beneficio del país.
Fuente: La República
Fecha: 28/10/2021