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Aspectos claves sobre la Declaración Jurada Informativa Reporte Maestro

Elaborado por: Staff de Contadores & Empresas[1]

I. DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE MAESTRO

  1. ¿Qué es un Reporte Maestro?

Es un documento estandarizado que en esencia debe proporcionar información relevante sobre los negocios a nivel de grupo, las políticas de precios de transferencia que gobiernan sus transacciones y ofrece una visión general de sus actividades económicas.

El objetivo es otorgar a la administración tributaria información de calidad que le permita evaluar riesgos por precios de transferencia y en general, orientar mejor su labor fiscalizadora. En nuestro país, la DJI Reporte Maestro tiene características propias que repasaremos a continuación.

  1. ¿Quiénes se encuentran obligados a presentar el DJI Reporte Maestro?

Están obligados a presentar la declaración del Reporte Maestro, los contribuyentes que sean integrantes de un grupo de personas, empresas o entidades vinculadas, si en el ejercicio gravable 2020 cumplen con los siguientes requisitos:

  1. Presentación de la declaración

La declaración se efectúa mediante el Formulario Virtual N° 3561, el cual permite adjuntar el archivo del reporte en formato PDF.

El plazo de presentación sigue el cronograma de vencimientos de declaración y pago de tributos mensuales de setiembre (cuyo vencimiento se produce en octubre), para el ejercicio posterior al que corresponda la declaración.

Para el presente año, la DJI Reporte Maestro 2020 se deberá presentar entonces según el siguiente cronograma:

Último dígito RUCVencimientos periodo tributario: septiembre 2021
015 de octubre
118 de octubre
2 y 319 de octubre
4 y 520 de octubre
6 y 721 de octubre
8 y 922 de octubre
BUC (buenos contribuyentes)25 de octubre

4. Infracciones y sanciones

InfracciónSanción
Artículo 176 numeral 2 del Código Tributario.- No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. 0.6% de los ingresos netos del contribuyente, la cual no podrá ser al 10% de la UIT (S/440) ni mayor a las 25 UIT (S/110,000).

[1] Información tomada del Informe Declaración jurada informativa Reporte Maestro: aspectos claves que deben conocer las empresas obligadas.

[2] Unidades impositivas tributarias. Así, para el ejercicio 2020 la UIT es de S/ 4,300.

[3] Por ejemplo, sujetos vinculados, o ubicados en territorios de baja o nula imposición fiscal, o en regímenes fiscales preferentes.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.