Cómo es de conocimiento general, a través de la Ley Nº 29408 (18/09/2009), Ley General de Turismo, se busca promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística.
Mediante el Proyecto de Ley N°00014/2021-CR presentado por el Congreso de la República el día 12 de agosto de 2021, se propone crear un régimen tributario transitorio con la finalidad de establecer medidas legales de naturaleza tributaria, que serán aplicables a los prestadores de servicios turísticos que se encuentren registrados en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo regulado en la Ley Nº 29408.
Los aspectos más relevantes de esta propuesta son:
1. Impuesto a la Renta
Exoneración a los prestadores de servicios turísticos de:
i) Realizar pagos a cuenta mensuales por Impuesto a la Renta.
ii) Realizar retenciones de IR a personas no domiciliadas, por operaciones realizadas con las plataformas digitales de uso mundial (OTA’s).
2. ITAN
Suspensión de la aplicación del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN); y la exigibilidad del pago de las obligaciones tributarias derivadas del mismo.
3. Impuesto General a las Ventas
Exoneración del IGV a los prestadores de servicios turísticos por las operaciones que realicen mientras dure la vigencia de dicho régimen tributario transitorio.
Finalmente, se plantea la suspensión por 36 meses de los procesos de ejecución coactiva tributaria en curso, iniciados por la SUNAT, durante la emergencia sanitaria producida por el Covid-19 contra las empresas prestadores de servicios turísticos. De igual forma, se suspende cualquier cobro de intereses moratorios y compensatorios.
Cabe resaltar que la Ley que eventualmente origine la presente propuesta tendría una vigencia de 36 meses.
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Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N°00014/2021-CR en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/3f66m95u
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 18/08/2021