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Modifican la celebración de juntas de accionistas no presenciales a empresas supervisadas por la SMV

Tipo Norma: Resolución SMV
Número de Norma: Resolución de Superintendente Nº 019-2021-Smv/02
Fecha de Publicación: 2021.02.24

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto de Urgencia N° 056-2020 (15/05/2020), se autorizó excepcionalmente a las entidades bajo competencia de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, a convocar y celebrar juntas generales o especiales de accionistas de manera no presencial, mediante el uso de medios tecnológicos o telemáticos. A efectos de implementar lo establecido en esta norma, la SMV emitió la Resolución de Superintendente Nº 050-2020-SMV/02.

Asimismo, a través del Decreto de Urgencia Nº 018-2021 (11/02/2021), se faculta que la celebración y convocatoria de juntas de accionistas y asambleas de las empresas supervisadas por la SMV se realice de forma presencial, no presencial, virtual o mixta.

Mediante la presente disposición, se dispone que durante la duración del Estado de Emergencia Nacional y hasta 90 días hábiles de terminado este, se tendrá vigente la Resolución de Superintendente Nº 050-2020-SMV/02 conforme se estipula en el Decreto de Urgencia Nº 018-2021.

Vigencia: Desde el 25/02/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.