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Establecen nueva prórroga el Estado de Emergencia Nacional

Tipo Norma: Decreto Supremo
Número de Norma: Decreto Supremo N° 076-2021-PCM
Fecha de Publicación: 2021.04.19

Mediante el presente Decreto se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, prorrogado por Decreto Supremo N° 201-2020-PCM, Decreto Supremo N° 008-2021-PCM, Decreto Supremo N° 036-2021-PCM y Decreto Supremo N° 058-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de mayo de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

Hasta el 9 de mayo de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle: 

-Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente. 

-Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente. 

-Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente. 

-Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Asimismo, se modifica el artículo 8 del Decreto Supremo N° 184- 2020-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 036- 2021-PCM, el Decreto Supremo N° 046-2021-PCM, el Decreto Supremo N° 058-2021-PCM, el Decreto Supremo N° 059-2021-PCM y el Decreto Supremo N° 070-2021- PCM, que modifica el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento y la limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas.

Además, se modifica el artículo 14 al Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, incorporado por el Decreto Supremo N° 023-2021-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, el Decreto Supremo N° 046-2021-PCM el Decreto Supremo N° 058-2021-PCM y el Decreto Supremo N° 070-2021-PCM, sobre restricciones focalizadas.

Vigencia: Desde el 19/04/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.