Mediante el presente Decreto Supremo se prorroga el estado de emergencia nacional a partir del jueves 01 de octubre de 2020 hasta el sábado 31 de octubre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nació;n a consecuencia del COVID-19.l. Asimismo, se modifíca el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, modificado por Decretos Supremos Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM, 146-2020-PCM y 151-2020-PCM, a partir del 01 de octubre de 2020.
Además, modifíca el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, modificado por Decretos Supremos Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139- 2020-PCM, 146-2020-PCM y 151-2020-PCM, respecto de la cuarentena focalizada, a partir del 01 de octubre de 2020.
Del mismo modo, modifica el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM, Nº 146-2020-PCM y Nº 151-2020-PCM, respecto del derecho a la libertad de tránsito de las personas, a partir del 01 de octubre de 2020
Finalmente, se ratifica que las personas en grupo de riesgo no pueden salir ni recibir visitas y que las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.
El presente dispositivo entrará en vigencia a partir del 27/09/2020.
Nº 156-2020-PCM