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Prorrogan el plazo para la presentación de la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2019

Mediante la presente norma, se prorroga hasta el último día hábil del mes siguiente a aquel en el que la SUNAT publique en su página web que el Perú ha aprobado la evaluació;n del estándar de confidencialidad y seguridad de la informació;n requerido por la Organizació;n para la Cooperació;n y el Desarrollo Econó;micos (OCDE) para el intercambio automático de informació;n, el plazo para la presentació;n de la declaració;n jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2019, que deben presentar los contribuyentes obligados según lo previsto en los numerales 1 al 3 del inciso b) del artículo 116 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

El presente dispositivo entrará en vigencia a partir del 29/09/2020.

000155-2020/SUNAT

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.