La presente Resolució;n autoriza de manera excepcional, la presentació;n de los certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de treinta (30) días hábiles establecido en el numeral 6.2.4.1.1 del inciso 6.2.4 del numeral 6.2 del punto VI de la Directiva Nº 15-GG-ESSALUD-2014, mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19 declarada por el Ministerio de Salud, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y sus correspondientes pró;rrogas, respecto a:
– Certificados médicos emitidos treinta (30) días hábiles antes del inicio de la declaratoria de la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.
– Certificados médicos emitidos durante la emergencia sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19.
El presente dispositivo, estará en vigencia el 23/09/2020.
Resolución de Gerencia General Nº 1063-GG-ESSALUD-2020