El II Pleno laboral de la Corte Suprema zanjó la discusión acerca del plazo de caducidad de las demandas de reposición por despidoXNT incausado, fraudulento y otros.En esta segunda reunión, los jueces supremos establecieron que el plazo máximo para interponer la acción de reposición es de 30 días hábiles (y no de 60 días o 10 años como algunos juzgados habían estado aplicando). Asimismo, precisó que las acciones de amparo planteadas por este motivo serán reconducidas a los juzgados laborales siempre que no superen 30 días contados desde la presentación de la demanda ante el juzgado civil o constitucional.Fuente: Diario GestiónFecha: 07.07.2014
Corte Suprema fija criterios sobre el plazo de interposición de demandas de reposición
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