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TC precisa los criterios para aplicar el principio de inmediatez para la sanción de faltas cometidas por trabajadores

Mediante el Exp. Nº 03860-2013-PA-TC, el Tribunal Constitucional (TC) ha señalado que para computar la inmediatez laboralXNT esto que la sanción de una falta debe imponerse en un plazo razonable.Así, se debe considerar, en primer lugar, el momento en que se comunica la falta al órgano o funcionario de la empresa con poder para decidir la aplicación de la sanción, por ejemplo, el gerente.De igual forma, a juicio del TC también se debe computarla negligencia o complicidad de otros trabajadores de la empresa, sin facultad para sancionar, para no comunicar al gerente.Fuente: Diario GestiónFecha: 10.11.2014

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.