En la sentencia recaída en la Casación Laboral N°2028-2011-Lima, la Corte Suprema señaló que el empleador, para aplicar laXNT sanción de despido, debe considerar una serie de criterios como el tiempo de servicios del trabajador, los antecedentes disciplinarios, si la conducta del trabajador fue provocada por un compañero de labores y la gravedad de la falta.El Colegiado puntualiza que el despido es una sanción extrema, por lo que debe existir correspondencia entre la infracción, la prueba y el grado de sanción, en razón de que la facultad disciplinaria debe encuadrarse en los principios de razonabilidad y proporcionalidad.Fuente: El PeruanoFecha: 14.01.2015
Corte Suprema delimita criterios que el empleador debe considerar para aplicar el despido
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