El abogado laboralista Felipe Gamboa, al comentar los resultados de una muestra realizada sobre 49 laudos estudiados por elXNT área laboral de Miranda & Amado Abogados, advirtió que se ha generalizado la facultad de los tribunales arbitrales en lo laboral para atenuar las propuestas de las partes en una negociación colectiva, cuando dicha opción es excepcional. De acuerdo con dicha investigación, en el 98% de los casos los árbitros hacen uso de la facultad excepcional de atenuar, y solo el 2% elige la propuesta de una de las partes.Asimismo, destacó que se estaría desnaturalizando el modelo de arbitraje laboral regulado en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, que es el arbitraje de propuesta final. Dicho modelo, en opinión de Gamboa, tiene como elemento positivo de que las partes se ven incentivadas a dar propuestas razonables por el temor a que los árbitros elijan la iniciativa más razonable o atractiva de la contraparte, evitándose así planteamientos extremos o especulativos.Fecha de publicación: 04-06-2015Fuente: Diario El Peruano
Tribunales arbitrales en lo laboral han generalizado su facultad excepcional de atenuar las propuestas de las partes
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