Los trabajadores afiliados a la AFP podrán presentar su solicitud de solución de reclamos contra las entidades provisionales anteXNT la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS) para ello, los afiliados deberán haber reclamado previamente a la AFP, sin que esta responda dentro del plazo fijado por ley o lo haya hecho de un modo que no satisfaga al trabajador.La SBS podrá mediar en los reclamos derivados de la negativa de la AFP a otorgar el pago de la pensión y/o gastos de sepelio, por falta de información o disconformidad con la orientación brindada.Fecha de publicación: 10.07.2015Fuente: Diario El Peruano
La SBS recibirá reclamos de afiliados a las AFP
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