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CS establece precedente laboral sobre la indemnización otorgada al trabajador cesado durante el periodo de prueba

A partir de la Casación Laboral N° 7095-2014-Lima, la Corte Suprema (CS) ordenó a una empresa pagar a un trabajador una indemnización por dañosXNT y perjuicios, al ser éste despedido sin justificación durante el periodo de prueba. De ese modo, este criterio busca fijar jurisprudencia laboral para que se aplique a casos similares.Esta decisión se originó de la demanda formulada por un trabajador que fue despedido por su empleador durante el periodo de prueba, alegando que fue incentivado a renunciar a su anterior trabajo con motivo de la nueva plaza ofertada. De esta manera, la Corte concluye que existió un daño al truncarse la expectativa laboral del trabajador, pues no percibirá una mejor retribución económica ni status laboral ofrecido. En opinión del abogado laboralista Jorge Toyama, al haberse probado que el trabajador es incentivado a renunciar a un cargo anterior en otra empresa para incorporarse a un puesto ofertado, y luego es cesado por su nuevo empleador durante el periodo de prueba y sin explicación alguna, efectivamente deja entrever que existe un daño que debe ser reparado. Sin embargo, es distinto el caso de un trabajador desempleado que postula a un cargo y es cesado durante el periodo de prueba, ya que allí sería difícil probar un daño.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.