Las empresas no pueden negarse a autorizar licencias a los dirigentes del sindicato para asistir a reuniones, congresos, seminariosXNT, cursos de formación, conferencias, entre otros actos comunes a su organización sindical. Así lo explicó el abogado laboralista Oxal Ávalos a partir de un nuevo criterio establecido por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).Sunafil fijó esta disposición al sancionar a una empresa que se negó a otorgar permisos sindicales a sus trabajadores. En su defensa, la empresa señalaba que, en aplicación de su poder de dirección, tiene la facultad de otorgar o no licencias sindicales, cuando esto no se encuentra regulado en un convenio colectivo, agregando además que el permiso solicitado no iba a ser utilizado durante la jornada de trabajo y que no se siguió el procedimiento de su reglamento interno.Sin embargo, el organismo adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó que, a falta de definición legal sobre concurrencia obligatoria para la licencia sindical, se considera todo tipo de facilidades que se otorga a los trabajadores como participación en congresos, seminarios concursos y otros, incluso si no se realiza durante la jornada de trabajo pero se usa ese tiempo para facilitar tareas sindicales. Al respecto, Ávalos preciso que si el trabajador usa este tiempo inadecuadamente, cometería falta grave y podría ser despedido.El especialista detalló además que, actualmente, al no existir una definición legal sobre los temas relacionados al sindicato o de concurrencia obligatoria, es común que los permisos de 30 días remunerados a los dirigentes sindicales sean condicionados por las empresas.Fecha de publicación: 23/02/2016Fuente: Diario Gestión
Dirigentes sindicales no necesitan permiso de la empresa para obtener licencias
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