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Establecen la base de cálculo para el reparto de utilidades

La Corte Suprema ha determinado en la Casación Laboral Nº 20305-2016-Lima, que el cálculo de las utilidades debe ser efectuado XNTsobre las rentas netas imponibles y no sobre la renta contable financiera.En ese sentido, en la práctica se determinará un menor pago por utilidades para los trabajadores, ya que el monto a repartir debe contemplar las compensaciones por pérdidas de ejercicios anteriores, conforme a las reglas de la renta neta tributaria y ese monto será inferior XNTal cálculo de la utilidad contable.Para el especialista Jorge Luis Acevedo, la Corte no se había pronunciado sobre el tema de pago de utilidades desde el 2004, por lo que con este fallo se cerraría de manera definitiva la discusión sobre la base de cálculo que se debe usar para pagar utilidades laborales a los trabajadores del régimen privado.Fecha de publicación: 27/06/2017.Fuente: diario Gestión.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.