La Corte Suprema ha determinado, en la Casación Laboral N° 11233-2015 Lima, que la afiliación de un trabajador a un sindicatoXNT antes del vencimiento del contrato, no convierte en despido la terminación del vínculo laboral por cumplimiento del plazo, en tanto no exista nexo causal entre la afiliación y el cese.Durante el análisis del caso, la Suprema precisó que el cese de la trabajadora demandante se produjo 4 meses y 15 días después de su afiliación al sindicato y que dentro de dicho periodo de afiliación hasta la fecha de cese, ella renovó el contrato por incremento de actividades.En ese sentido, la Corte determinó que el hecho de afiliarse a una organización sindical antes de haberse producido el vencimiento del contrato de la demandante, no convierte el cese en despido nulo, más aún si no se acreditó que el cese de la trabajadora haya sido producto de una represalia del empleador, no configurándose así el nexo causal del cese con la afiliación.Fecha de publicación: 02/07/2017.Fuente: diario El Peruano.
Afiliación sindical no anula plazo de contrato determinado
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