El Ministerio de Trabajo adecuó las actuaciones inspectivas a las modificaciones del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del ProcedimientoXNT Administrativo General. En ese sentido, corresponderá a la Sunafil emitir las normas necesarias para regular la forma, el contenido y la finalidad de las recomendaciones y advertencias que pudieran emitir el inspector de trabajo al finalizar las actuaciones inspectivas.Asimismo, se incorporan los plazos de impugnación previstos en el citado TUO, por lo que la apelación de una resolución administrativa sancionadora podrá plantearse hasta en 15 días hábiles y el administrado podrá usar los eximentes de responsabilidad administrativa.En ese sentido, se modificó la tabla que contiene la escala general de sanciones para adoptar un modelo sancionador en materia sociolaboral que implique un equilibrio y manejo adecuado de los instrumentos de intervención preventiva y de la actividad sancionadora.Fecha de publicación: 07/08/2017.Fuente: diario El Peruano.
Adecúan actuaciones inspectivas a las disposiciones del procedimiento administrativo general
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