La Corte Suprema se ha pronunciado mediante una casación sobre el procedimiento de despido, en donde establece que el empleador podría extender el plazo, si en caso fuera necesario, para la revisión de los descargos del trabajador.El procedimiento de despido se efectúa comenzando con la carta de preaviso al trabajador, y el empleador tiene la faculta de suspender el deber de asistencia al centro laboral al trabajador, siendo así, este último tiene un plazo de 6 días para realizar sus descargos contra la imputaciones del empleador.En ese sentido, concluido el plazo, es ahí donde la norma deja una incertidumbre de cuánto puede tardar el empleador para responder los descargos al trabajador y cuánto este último puede volver a incorporarse a la empresa.En base a todo ello, el abogado laboralista, César Puntriano, refirió que dicha sentencia es beneficiosa para ambas partes, pues se protege el derecho de defensa del trabajador.Fecha de publicación: 22/11/2019.Fuente: diario Gestión.
Corte Suprema se pronuncia ante el vacío legal del procedimiento de despido
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0