Con el nuevo Decreto de Urgencia N° 016-2020 los trabajadores estatales solo podrán pedir reposición en la contratación pública cuando la persona haya ingresado por concurso público.Es decir, todos los trabajadores estatales que no fueron nombrados por concurso (como los trabajadores CAS) no podrán ser repuestos a su puesto de trabajo aún si se declara que su despido fue arbitrario.A consideración de Ricardo Milla, dirigente del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de Lima, el decreto de urgencia atenta contra el debido proceso, ya que se limita el actuar del juez. Así, el referido dirigente advierte la interposición de una acción de inconstitucionalidad contra la norma, así como paros y uso de la huelga.Fecha de publicación: 27/01/2020Fuente: diario Gestión
Norma limita el derecho de reposición en el sector público
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