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Poder Judicial reinicia labores luego de la cuarentena

Mediante el Protocolo &lsquoMedidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio, aprobado mediante la R. A. N° 000129-2020-CE-PJ, el Poder Judicial (PJ) estableció los lineamientos para que en el plazo de 30 días, contados a partir del levantamiento de la suspensión de labores que se produzca al culminar el aislamiento social obligatorio, se normalicen y reactiven sus actividades administrativas y jurisdiccionales de forma gradual y progresiva para evitar la propagación del covid-19 y enfrentar la carga originada por aquella suspensión.En ese sentido, durante los 7 primeros días luego del levantamiento de la inmovilización social se suspenderá toda atención directa al público en los edificios y oficinas del PJ. Después, se establecerá un plan o medidas para la descarga procesal y programación de audiencias no realizadas y por realizar, en relación con los expedientes acumulados o no tramitados durante la suspensión de actividades por el covid-19. En dicho período, los encargados de jefaturas, oficinas, gerencias o subgerencias deberán organizar los turnos del personal a su cargo y reducir la asistencia simultánea de este y el aforo de cada oficina al 50%, entre otras medidas.Concluido este plazo inicial y por el lapso de 23 días solo se recibirán escritos con vencimiento de plazo, demandas con plazo de prescripción o caducidad, recursos, excepciones, medidas cautelares y otros urgentes. En los despachos que se utilice el expediente judicial electrónico (EJE), la presentación de escritos será estrictamente por medio de la mesa de partes electrónica. Las audiencias que aún no hayan sido programadas o no se hubieran realizado en su fecha y se encuentren pendientes de reprogramar debido a la suspensión de labores, se deberán programar luego de pasado el período de 30 días señalados en el protocolo, con excepción de las audiencias en procesos de garantía de la libertad, entre otros casos urgentes. Asimismo, se habilitarán los sábados para efectuar audiencias.Vencido el plazo de 30 días, las audiencias se deberán efectuar, atendiendo a los órganos jurisdiccionales, con el uso de la tecnología habilitada por el PJ. Para ello se alista el protocolo para audiencias online. En el caso de la Corte Suprema, hasta la normalización de la situación social y sanitaria, se digitalizarán los expedientes pendientes de calificación o de realización de la vista de fondo, efectuándose la votación de manera virtual, de acuerdo con el protocolo que se establecerá.Finalmente, a los jueces mayores de 60 años o que se encuentren en los grupos de riesgo y que permanecerán en sus domicilios, cada corte les habilitará las condiciones necesarias para que hagan trabajo remoto.Fecha: 03/05/2020Fuente: Diario El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.