El laboralista Carlos Cadillo indicó que la inspección del trabajo tendrá la función de realizar conciliaciones administrativas de conflictos laborales con carácter obligatorio. Por lo tanto, se creará un espacio que será conducido por un conciliador que establezca y mejore la comunicación entre el trabajador y el empleador, para que de esta forma puedan llegar a una solución. Esto ha sido establecido por la tercera disposición complementaria y modificatoria del D. Leg. 1499, que entrará en vigor en enero del 2021.La conciliación se origina de la denuncia del trabajador, si se refiere a incumplimientos que sean subsanables. Estas conciliaciones serán de forma previa a la fiscalización laboral (actuaciones de investigación y comprobatorias), permitiéndose al trabajador y al empleador la posibilidad de solucionar el conflicto. A falta de acuerdo, se ordenará el inicio de una fiscalización laboral contra el empleador.La obligatoriedad de la conciliación podría tener efectos contrarios, en caso las partes le resten importancia y la consideren como un mero trámite, generándose gastos de recursos y tiempo al sistema y a las partes, así como un posible agravamiento del conflicto.Ante estos problemas, Cadillo destacó que amerita un replanteamiento para que las conciliaciones sean voluntarias o, se opte por una derivación a instituciones o personas calificadas e independientes, que informen a las partes sobre las ventajas de la conciliación, para que estas decidan libremente e informen del avance y los resultados a la inspección del trabajo.Fecha: 23/07/2020Fuente: El Peruano
Sunafil impulsará conciliaciones administrativas a partir de enero del 2021
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