A raíz de la reciente Resolución de Intendencia N° 316-2021-Sunafil/ILM, la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señala como principal lineamiento administrativo que las empresas no pueden justificarse en la precaria situación económica que puedan experimentar por diversas circunstancias para incumplir con sus obligaciones laborales, tampoco pueden argumentar que una situación como esa les imposibilita cumplir con sus deberes sociolaborales.Asimismo, se precisa que, independientemente de cuales hayan sido las motivaciones para el cese de las extrabajadoras, la empresas deben tener en cuenta que de acuerdo con el artículo 24 de la Constitución Política del Perú el pago de la remuneración y de los beneficios sociales de los trabajadores tiene prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador.Fuente: El PeruanoFecha: 26/03/2021
Situación económica precaria del empleador no impide cumplir obligaciones
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0