Conforme a la Resolución de Superintendencia Nº 289-2012-Sunat, los deudores tributarios podrán autorizar a un tercero la tramitaciónXNT ordinaria de sus procedimientos a través de Sunat Virtual.En efecto, la norma establece que los obligados que opten por autorizar a un tercero para la tramitación ordinaria de procedimientos a través de Sunat Virtual deberán ingresar a Sunat Operaciones en Línea con el Código de Usuario y Clave SOL. Concluido dicho procedimiento, automáticamente se generará una constancia que contendrá el número de registro de la autorización.
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