Mediante el Informe Nº 090-2013-SUNAT/4B0000, la Administración Tributaria indica que la cesión en uso temporal de bienesXNT inmuebles gravada con el IGV, se encuentra sujeta al SPOT, con el 12%. Agrega que si como producto de la cesión de uso temporal de las salas de exposiciones de un hotel se presta el servicio de coffee break a los asistentes de las charlas efectuadas en dichas salas, este servicio resultará complementario a aquella, debiéndose entender que la retribución por el servicio de coffee break forma parte de la retribución por la cesión en uso temporal de las salas de exposiciones de un hotel.Por tanto, la SUNAT concluye que toda vez que la cesión de uso temporal de las salas de exposiciones de un hotel se encuentra sujeta al SPOT con el porcentaje del 12%, el servicio de coffee break prestado a propósito de dicha cesión, también estará comprendido dentro de los alcances del Sistema, al formar parte de la operación de cesión antes citada, no encontrándose dentro de las exclusiones aplicables al numeral 10 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT.Fuente: www.sunat.gob.pe
Para Sunat la cesión en uso temporal de las salas de exposiciones de un hotel que incluye el servicio de coffee break se encuentra sujeta al spot con el 12%
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