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Empresas de construcción acogidas al método del inc. a) del art. 63º de la LIR determinarán su renta bruta aplicando sobre los importes cobrados por cada obra el porcentaje de ganancia b

El 20 de noviembre del 2013 la Sunat emitió el Informe N° 174-2013-SUNAT/4B0000, en relación a la  determinación de la renta paraXNT empresas de construcción  que ejecuten  contratos  de  obra  cuyos  resultados correspondan  a  más  de  un (1) ejercicio  gravable.Se  consulta  si las empresas  que  se  hubieran  acogido  al método  de  determinación  de  renta  del  inciso  a)  del  artículo 63º  de  la  Ley  del Impuesto a la Renta deberán considerar los adelantos de obra cobrados para la determinación  de  la renta  gravada,  o  se  deberá  reconocer  la  renta  cuando  se valorice la obra ejecutada.Al respecto,  el  inciso a) del artículo 36° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta establece que,  a fin de determinar sus pagos a  cuenta mensuales, las empresas  de  construcción  o  similares  que  se  acojan  al  método señalado  en  el inciso a) del artículo 63° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta considerarán como ingresos netos los importes cobrados en cada mes por avance de obra.Entonces el método señalado en el inciso a) del artículo 63º  de la Ley   responde  al  método  de  lo  percibido,  pues  la renta  se imputa  a cada ejercicio gravable  atendiendo al momento  de  la  percepción  de la renta.  En este sentido, no resulta relevante el carácter de adelantos de obra de las  sumas  cobradas,  ni  que  estas  constituyan  pasivo  de  la empresa  que  los cobra.Por lo tanto, las empresas de construcción que se acojan al método previsto en el inciso a) del artículo  63º del  TUO de  la Ley  del  Impuesto  a  la  Renta  determinarán  su renta  bruta  aplicando  sobre  los  importes  cobrados  por  cada  obra, durante  el ejercicio  comercial,  incluyendo  el  monto  cobrado  por  adelantos  de  obra,  el porcentaje de ganancia bruta calculado para el total de cada una.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.