Los montos que se pagan como medidas antidumping, califican legalmente como sanciones administrativas, tal como se desprendeXNT del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, que asigna la naturaleza jurídica de multa administrativa a los derechos antidumping. Ello porque las prácticas de dumping son una discriminación de precios de una empresa exportadora que vende a precios menores que en su mercado interno en perjuicio de su competidor en el mercado del país importador, causando daño a una rama de la producción. Así, la industria nacional resulta perjudicada.Es en ese marco que la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi determinó la existencia de márgenes de dumping positivos en las exportaciones al Perú efectuadas por un grupo de empresas de textiles de China, señalando que frente a ello hubo una afectación a la producción nacional. Así, se declara procedente la denuncia de dumping formulada por empresarios peruanos contra la importación de productos chinos. La misma es aplicable a partir del 23/12/2013.Fuente: GestiónFecha: 22/12/2013
Medidas antidumping a prendas chinas
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