Mediante la Casación N° 3434-2012 Lima, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia estableció un nuevo supuestoXNT de fecha cierta para un documento privado en un proceso. Determinó que cuando existe la certificación de un notario del ingreso a su despacho de la minuta de un documento privado, este adquiere fecha cierta y produce eficacia jurídica.La Sala Suprema señala que de la revisión de la minuta, si bien este documento no contiene firma legalizada y no fue presentado para que el notario certifique la fecha, conforme al inciso 3 del artículo 245 del Código Procesal Civil, dicha circunstancia se equipara con la certificación que el notario hace en el anverso de la minuta.Fuente: Diario El PeruanoFecha: 18.01.2014
Certificación de un notario del ingreso a su despacho de la minuta, otorga fecha cierta
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