La Sunat ha publicado en su página web el Informe N° 049-2014-SUNAT/4B0000, de fecha 8 de mayo de 2014, mediante el cual seXNT concluye lo siguiente:1. El recargo al consumo a que se refiere la Quinta DCF del Decreto Ley N° 25988 y las propinas para los trabajadores, recibidos por establecimientos de hospedaje, restaurantes y agencias de viaje, según corresponda, que no cuenten con comprobantes de pago que los sustenten, no constituyen para los titulares de tales establecimientos rentas gravadas con el Impuesto a la Renta
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