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SUNAT establece el sistema informático que utilizará la SUNARP para comunicarle el estado de las resoluciones coactivas de embargo

Mediante Proyecto de Resolución de Superintendencia emitido por la administración tributaria el 01.09.2014 se establece queXNT si bien la  implementación de la presentación electrónica de la resolución coactiva que ordena el embargo en forma de inscripción y las vinculadas a ella por parte de la SUNARP representa para la administración tributaria un avance en la utilización de las tecnologías de la información y comunicación para el cumplimiento de las funciones a ella asignadas, se considera conveniente establecer, en base a las facultades concedidas por el artículo 118° del Código Tributario, el sistema informático que utilizará la SUNARP para comunicar el estado de la presentación antes mencionada.Por lo tanto, la SUNARP realizará las comunicaciones que correspondan al proceso de calificación del título referido a la resolución emitida por el ejecutor coactivo que, ordena el embargo en forma de inscripción presentado a través del Servicio de Presentación Electrónica, así como el resultado de dicha calificación a través del sistema que para tal efecto le proporcione la SUNAT a partir de la entrada en vigencia del presente proyecto de resolución

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.