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Administración Tributaria se pronuncia respecto al cálculo del IR en sueldos variables

En el Informe N° 133-2016-Sunat, el fisco se ha pronunciado respecto de la forma cómo se deben calcular las retencionesXNT del Impuesto a la Renta (IR) a cargo del empleador, cuando tiene trabajadores que reciben remuneraciones variables (sujeto al pago de remuneración por comisiones, sueldos variables o similares).En el referido informe se señala que se debe incluir la gratificación ordinaria que recibe el trabajador sujeto al pago de comisiones sólo cuando dicho importe se hubiera puesto a disposición del trabajador. Así también, se deben incluir las gratificaciones ordinarias en los meses anteriores del mismo ejercicio por el cual se efectúa la retención, es decir, se tomará como base del cálculo el monto de la gratificación realmente percibida durante el ejercicio.En ese sentido, la Administración Tributaria detalló que no es de aplicación el mismo cálculo de las retenciones del IR que ocurre para los trabajadores que perciben un salario fijo.Fecha: 04.10.2016Fuente: Diario Gestión

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.