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Tips del paquete tributario

Según informe realizado por EY, 54 de los 112 decretos legislativos aprobados por el Ejecutivo, inciden en la reactivación XNTeconómica y la formalización según el mismo, la tasa corporativa es decir, la tasa que combina el pago del Impuesto a la Renta (IR) y el pago de dividendos vigente desde el 1 de enero del 2017 es 33.03%, lo que representa un incremento respecto del 2015 y 2016 (32.9%) y 2014 (32.87%). En este sentido, se señalan los siguientes tips:-Nueva renta de fuente peruana: Las transferencias de créditos realizadas para el financiamiento en paraísos fiscales son consideradas como rentas de fuente peruana. Se debe observar que el IR aplicable para este tipo de operaciones, debido a que es considerado un servicio, será de 30%. -Nuevas exoneraciones de ganancias de capital: Cabe recordar que para el periodo 2017-2019 se añade a la exoneración del pago del IR a las ganancias de capital obtenidas a través de la Bolsa de Valores de Lima respecto a: valores representativos de deuda Exchange Trade Fund (ETF) que tenga como subyacente valores representativos de deuda certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores certificados de participación en Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (Firbi) y certificados de participación en Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (Fibra) y las facturas negociables.- Deducción de 3 UIT en las rentas de trabajo: Se podrán deducir como gasto los importes pagados hasta 3 UIT respecto del 30% de gasto de alquileres 30% por servicios médicos, entre otros. No obstante, para que el trabajador pueda acceder al beneficio tendría que acreditarlo, presentando su declaración jurada anual al término del ejercicio.- Exoneración a la ganancia a través de la BVL: La empresa transferente y sus partes vinculadas no pueden transferir la propiedad del 10% o más del total de las acciones emitidas, por operaciones simultáneas o sucesivas, en un periodo de 12 meses es decir, si no superan este margen, se podrán realizar estas operaciones sin estar gravadas..- Documentación en precios de transferencia: Se amplía a 3 nuevos reportes,” Reporte Local”, para contribuyentes con ingresos superiores a S/9.3 millones el “Reporte Maestro”, para aquellos con ingresos que superen los S/81 millones y el “Reporte país por país” para contribuyentes que formen parte de un grupo multinacional.- Secreto bancario: Para que la Sunat pueda solicitar información a las empresas del sistema financiero, aún tiene que recurrir al juez el cual tiene de 72 a 48 horas de plazo para resolver la solicitud.Fuente: Diario GestiónFecha: 13.01.2017

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.