Mediante la Resolución de Superintendencia N° 005-2017-Sunat, se modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago, ampliando los supuestos XNTde traslado de bienes que no requieren ser sustentados con guías de remisión con la finalidad de facilitar su transporte. Así pues, ahora no se necesitará sustentar con dicho documento el traslado de bienes que ingresen en el país desde terminales portuarios del Callao hasta los almacenes aduaneros o zona primaria con autorización especial (ZPAE), siempre y cuando se sustente con el tique de salida emitido por el administrador portuario.Cabe resaltar, que el mencionado tique tendrá que contener como mínimo la denominación tique de salida, el número de este y el número del RUC de sujeto que realiza el transporte. No obstante, si el traslado se efectúa bajo la modalidad de transporte público, de existir subcontratación se deberá consignar el número de RUC del sujeto subcontratado.Además, en el mismo tique deberá consignarse los datos de identificación de la unidad de transporte y del conductor, fecha y hora de salida del terminal portuario, la leyenda Traslado a almacén aduanero o Traslado a ZPAE, los números de precinto, manifiesto, y del conocimiento del embarque, el número de contenedor, el número de bultos, los datos del bien transportado y en caso que fuera un contenedor vacío, el peso de este.También, conforme a la norma, se permitirá que el traslado del bien se realice hasta cualquier punto del país (zona secundaria), siempre que sea sustentado con el tique de salida, en el cual además de la información antes señalada, deberá figurar la leyenda traslado a zona secundaria, los números de RUC del remitente, importador, destinatario, y el número de la Declaración Aduanera de Mercancías en la que se declara el bien o bienes trasportados, así como el ubigeo y la dirección del punto de llegada.Fuente: Diario Oficial El PeruanoFecha: 22.01.2017
Amplían los supuestos en los que se exceptúa la utilización de las guías de remisión
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