El día de ayer fue publicado el Decreto Supremo Nº 029-2017-EF, el cual modificó el Reglamento de la Ley N° 30524, que permite la XNT prórroga del pago del IGV para las micro y pequeñas empresas (mypes) hasta por 90 días, vigente desde el día de hoy.Así, entre las modificaciones, se dispone que para ser considerada mype, la persona natural o jurídica debe tener ventas anuales de hasta 1700 UIT para lo cual se calculará el total de las ventas del periodo de enero a diciembre del año anterior, a diferencia del anterior disposición que establecía una revisión mensual de las ventas.Para poder acceder a este beneficio, la Mype, que tenga deudas con el Fisco, deberá regularizar esta situación bien cancelando la deuda o solicitando un fraccionamiento con 90 días previos al acogimiento de este beneficio.En este sentido, la Sociedad Nacional de Industrias indicó que esta norma permitirá a las mype pagar el IGV una vez que reciban el pago por sus productos o servicios (que en la práctica es diferido por sus clientes).Fuente: Diario GestiónFecha: 01.03.2017
Mypes se benefician con la prórroga del pago del IGV
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