El Tribunal Fiscal (TF) en el Acuerdo de Sala Penal N° 4-2017, uniformizó el procedimiento para el envío de notificaciones de sus resolucionesXNT, citaciones a informes orales y proveídos, las cuales deberán efectuarse ahora conforme al Código Tributario .En este sentido, en caso de que alguna notificación del TF se efectúe en día u hora inhábil, se considerará válidamente realizada si se cumplen los requisitos del artículo 104 del Código Tributario, por lo que surtirá efecto desde el día hábil siguiente.Así, este tribunal deja sin efecto la posibilidad de que para las notificaciones que expida se aplique la Ley de Procedimiento Administrativo General.Fecha: 06.05.2017Fuente: Diario Oficial El Peruano
Notificaciones deberán efectuarse conforme al Código Tributario
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