Ante la magnitud de los importes que se devuelven por concepto del saldo a favor del exportador y el incremento exponencial de nuestro comercio exterior, el gobierno procedió a modificar mediante el D.S. N° 088-2018-EF, el reglamento de notas de crédito negociables.La finalidad de esta norma es la optimización del mecanismo de devolución de saldo a favor del exportador, así como la mejora de los procedimientos para su obtención, brindando seguridad respecto a la existencia del saldo a favor.La norma precisa reglas tales como el plazo para emitir y entregar notas de créditos negociables, la condición de no habido o no hallado, entre otros. Sunat agregó que en el caso que el beneficiario no utilice o no retire la nota de crédito negociable dentro del plazo de vigencia, podrá solicitar la emisión de una nueva.Fecha: 10.05.2018Fuente: Diario Oficial El Peruano
Optimizan mecanismo de devolución de saldo a favor del exportador
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