Según la norma general antielusiva, Norma XVI del Código Tributario, la Administración Tributaria podría disponer de una parte o de la totalidad del patrimonio de los representantes legales de una empresa que hayan cometido infracciones previstas en ella, en atención a la figura de la responsabilidad solidaria incluida en el último Decreto Legislativo N° 1422.La modificación de la norma establece causales de responsabilidad objetiva por el hecho de haber participado en alguna de las etapas del planeamiento fiscal. A su vez, existe la necesidad de aclarar el procedimiento siguiendo una debida diligencia, atendiendo a garantías constitucionales básicas, como es la presunción de inocencia. Es por esto que los directorios de las empresas tendrán plazo hasta el 29 de marzo de 2019 para ratificar o modificar los actos, situaciones o relaciones económicas realizadas, en el marco de planificación fiscal que hubieran realizado a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1422.Fecha de publicación: 01.10.2018Fuente: diario El Peruano
Representantes legales deben tomar previsiones frente a las nuevas normas antielusivas
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