En diciembre próximo, más de 15,000 contribuyentes deberán presentar la declaración del beneficiario final, a fin de contribuir a la lucha contra la evasión y la elusión tributaria en el país.Esto en cumplimiento de la R. S Nº 185-2019-Sunat, que establece la forma, plazo y condiciones para la presentación de esta información y que, además, precisa obligaciones a los notarios para verificar e informar a la Sunat el cumplimiento de la norma.Así, este reporte se realizará de forma gradual en dos etapas. La primera lo conformarán las personas jurídicas que sean Principales Contribuyentes al 30 de noviembre de 2019, los que deberán informar sus beneficiarios finales a esta fecha. Para ello, deben considerar como fecha de presentación el cronograma de obligaciones del período fiscal noviembre de 2019, cuyas fechas vencen entre el 13 y 23 de diciembre.La segunda etapa es para las demás personas y entes jurídicos, conforme a la forma y plazo que la Sunat establezca próximamente mediante una nueva resolución.Para presentar esta declaración se debe utilizar el Formulario Virtual N° 3800, mediante Sunat Operaciones en Línea, que estará disponible a partir del 1° de diciembre del 2019. Este contiene una versión simplificada y un aplicativo Excel.A su vez, si se declara un beneficiario final que tiene la propiedad o el control de la persona jurídica de forma indirecta, es decir, por medio de una cadena de titularidad o una cadena de control, el sujeto obligado deberá adicionalmente adjuntar el archivo Datos de la cadena de titularidad y/o cadena de control.En ella, además, se detallará la data relativa a estas cadenas, considerando los criterios fijados en el reglamento del D. Leg 1372, que regula la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.Fecha de publicación: 30/09/2019Fuente: El Peruano
Mejorarán lucha contra la evasión y la elusión tributaria
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