Anteriormente, Sunat consideraba que si no se había resuelto el contrato por vía judicial, este continuaba y seguía generando ingresos y, por lo tanto, Impuesto a la Renta.Se ha señalado mediante casación de la Corte Suprema que los contratos de arrendamiento financiero pueden ser resueltos por las partes de manera privada sin necesidad de acudir al Poder Judicial poniendo fin al criterio de Sunat de considerar que solo podían resolverse este tipo de contratos judicialmente.Fecha de publicación: 16.10.2019Fuente: Diario Gestión
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