Sunat reguló la presentación de solicitudes de devolución de pagos indebidos o en exceso efectuados por los usuarios a través de Sunat virtual mediante la R.S. 208-2019-Sunat que desarrolla los alcances de la LIGV, se incluye dentro de las solicitudes de devolución las retenciones y percepciones del IGV no aplicadas. La norma entrará en vigencia el 1 de noviembre debiendo utilizar el formulario N° 1649 Solicitud de Devolución ingresando con la clave SOL.Fecha de publicación: 23/10/2019Fuente: El Peruano
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