Por intermedio del Decreto Supremo N° 003-2020-TR, de fecha 14 de enero del 2020, se dispuso regular el uso obligatorio de la notificación vía casilla electrónica en los procedimientos administrativos y actuaciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La norma dispone la creación del Sistema Informático de Notificación Electrónica de la Sunafil, en calidad de sistema web que permite la transmisión y almacenamiento de la información de notificaciones vía casilla electrónica.La norma establece que se asignará a cada usuario un correo electrónico y una clave de acceso para contar con la casilla electrónica. Con el uso de esta nueva herramienta, Sunafil afirma que mejorará la eficiencia y celeridad en el proceso de notificación, reduciéndose el tiempo empleado para este acto, de aproximadamente 8 días, a menos de 30 minutos lo que garantizaría la optimización de los plazos de las actuaciones y procedimientos a su cargo, así como el incremento de su productividad y mejora en la atención a los denunciantes y empresas fiscalizadas.Asimismo, la norma precisa que la Sunafil, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendarios posteriores a la publicación del decreto supremo, emite el cronograma de implementación a nivel nacional del Sistema Informático de Notificación Electrónica y la normativa necesaria para su funcionamiento. Además, precisa que, en un plazo no mayor a noventa (90) días calendarios posteriores a la publicación del decreto, la Sunafil dará inicio a la implementación del Sistema Informático de Notificación Electrónica a nivel nacional, siendo la fecha de inicio establecida en el cronograma la que determina el uso obligatorio de la notificación vía casilla electrónica en los procedimientos administrativos y actuaciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Aprueban el uso obligatorio de la casilla electrónica para efectos de notificación de los procedimientos administrativos y actuaciones de la SUNAFIL
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