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Sunat instala web para consultas sobre renta 2019

Para facilitar la presentación de la Declaración de Renta Anual 2019 a más de un millón de contribuyentes, la Sunat implementó una nueva plataforma tecnológica destinada a absolver las consultas referidas al cumplimiento de dicha obligación fiscal.Se trata de la web especializada http://renta.sunat.gob.pe/, cuyo objetivo es orientar dichos trámites y los medios disponibles para hacerlos.Así, en la web especializada los contribuyentes podrán acceder a los simuladores, que permiten a las personas naturales efectuar los cálculos de las declaraciones que deberán presentar, considerando las rentas de alquileres, rentas de ganancias de capital y rentas personales registradas como profesional independiente o dependiente.También se podrán consultar las demos tutoriales, que son herramientas de asistencia sumamente sencillas de revisar y que orientan sobre el llenado de la declaración, precisando todo el proceso desde la obtención de los formularios para su presentación, el pago, la tramitación de devolución hasta la solicitud del fraccionamiento respectivo, detalló la entidad recaudadora.Otra de las secciones del sitio web es la de Preguntas Frecuentes, módulo que contiene las respuestas tipo a las principales consultas recibidas por medio de los diferentes canales de atención que tiene la administración tributaria en sus centros de servicios, la central de consultas telefónicas y el portal institucional Sunat Virtual.Además, se podrán revisar las principales normas tributarias emitidas para que el contribuyente pueda preparar su declaración, y material audiovisual (videos informativos) en el cual se detalla paso a paso cómo cumplir con la presentación de la declaración. El portal sobre Renta 2019 cuenta con accesos directos al cronograma de vencimientos, los formularios a usar en la declaración, un buscador de contenidos y un convertidor de texto a audio que facilitará la lectura y comprensión de la información, aseguró la administración tributaria.La obligación de emitir comprobantes de pago no puede ser trasladada a terceros mediante una cesión de derechos, una cesión de posición contractual, un proceso de transformación o escisión.Así lo señaló la Sunat en el Informe Nº 003-2020-Sunat/7T0000, que señala que no se traslada la condición de sujeto obligado a emitir comprobantes de pago mediante una cesión de derecho o una cesión de posición contractual, no existe ninguna excepción a dicha regla.En cuanto a una escisión de sociedades, en la que los bloques patrimoniales a ser transferidos estén compuestos solo por activos, su ejecución no conlleva el traslado de la obligación de emitir comprobantes de pago por parte de la sociedad que se escinde en favor de las empresas a quienes transfiere sus bloques patrimoniales, remarca un informe del Estudio Muñíz.Según el último dígito del RUC de los contribuyentes, entre el 25 de marzo y el 8 de abril son las fechas definitivas para cumplir con el deber.Fecha de publicación: 01/02/2020Fuente: Diario El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.