La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) habilitó el pasado 17 de febrero el formulario virtual de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR). Si tienes saldo a favor, y eres contribuyentes de primera, segunda, cuarta y quinta categoría podrás solicitar la devolución de impuestos.Si el trámite procede, la retribución del monto se dará a través de un depósito bancario desde el 13 de abril de 2020 en un plazo máximo de 30 días contados desde esa fecha.Pertenece a las personas naturales que perciben ingresos por sus rentas de trabajo de forma independiente (rentas de cuarta categoría) o por su trabajo dependiente de alguna empresa o entidad (rentas de quinta categoría).Para ello, deberás de asegurarte de realizar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) en la página web de la Sunat por medio del formulario virtual n°709.De verificar que cuentas con un saldo favorable podrás solicitar la devolución de impuestos, proceso que se encuentra disponible desde el lunes 17 de febrero.El aplicativo cuenta con la información de los ingresos y gastos deductibles de cada usuario. En el caso de constatar que faltan algunos, puedes ingresar los datos manualmente si conservas las boletas.Los trabajadores en planilla no tienen la necesidad de realizar la solicitud. Solo deberán de rellenar el formulario y esperar la devolución de oficio que empezará el lunes 13 de abril.Es importante recordar que para que Sunat deposite el monto sin contratiempos deberás de registrar correctamente tu Código de Cuenta Interbancario (CCI).La declaración podrá hacerse vía smartphone de acuerdo a la Resolución de Superintendencia publicada el último domingo en las Normas Legales del diario oficial El Peruano, con la finalidad de facilitar la presentación de la declaración jurada anual del referido impuesto a través de dispositivos móviles inteligentes.La resolución precisa que los mencionados contribuyentes podrán presentar la declaración anual a través del APP Personas Sunat siempre y cuando estén de acuerdo con la propuesta de declaración elaborada por la Sunat, cuenten con un saldo a favor, y no requieran completar o modificar la referida información.Fecha de publicación: 20/02/2020Fuente: Diario La República
Sunat: paso a paso para solicitar la devolución de impuestos
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