La boleta de pago con documentos valorados se aplica a partir del 18 de mayo cuando el pago se realice utilizando certificados electrónicos.La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó medidas para que los deudores puedan realizar el pago de la deuda tributaria declarada o contenida en valores, mediante certificados y Documentos Cancelatorios – Tesoro Público (DCTP) electrónicos a través del servicio Mis declaraciones y pagos.La Resolución de Superintendencia N° 085-2020/SUNAT indica que para efectuar el pago de la deuda tributaria, el deudor debe ingresar al servicio Mis declaraciones y pagos a través de Sunat Operaciones en Línea o mediante un aplicativo.Posteriormente, acceder a la opción Pago con documentos valorados, seleccionar el Formulario Virtual N° 1671 – Boleta de pago con documentos valorados y proceder a indicar si se utilizarán certificados electrónicos negociables o no negociables o DCTP electrónicos para realizar el pago.Acto seguido, registrar la deuda tributaria declarada a pagar o, si esta estuviera contenida en un valor, acceder a la opción de deudas con valor.Seleccionar los certificados o DCTP electrónicos que se utilizarán y registrar el importe a utilizar por cada certificado o DCTP electrónico seleccionado. Finalmente, firmar el pago a realizar.Culminado el procedimiento de pago y generado el Formulario Virtual N° 1671 – Boleta de pago con documentos valorados, se genera la constancia de pago, la que podrá ser impresa, descargada o enviada al correo electrónico que dicho deudor señale.La boleta de pago con documentos valorados se aplica a partir del 18 de mayo cuando el pago se realice utilizando certificados electrónicos y desde el 1 de setiembre si el pago se efectúa utilizando DCTP electrónicos.Fecha de publicación: 17/05/2020Fuente: Diario El Comercio
Sunat aprobó normas para el pago de la deuda tributaria con documentos valorados electrónicos
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