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Atención: Se acerca el vencimiento de plazo máximo de atraso de Registro de Compras e Ingresos y Obligaciones Mensuales de enero-febrero 2021

Como es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia N° 224-2020/SUNAT, (27/12/2020), se establecen los nuevos cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2021.A través la Resolución de Superintendencia (R.S) N° 000016-2021/SUNAT (03/02/2021), modificada por la R.S N° 000023-2021/SUNAT, prorrogó las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos del mes de enero de 2021 hasta las fechas del mes de febrero de 2021.Este beneficio se estableció para los contribuyentes que cumplan con dos condiciones: i) durante el ejercicio gravable 2020, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2 300 UIT (S/ 9,890,000.00), o hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe y ii) cuyo domicilio fiscal, al 27 de enero de 2021, se encuentre ubicado en las provincias o departamentos clasificados en el nivel de alerta sanitaria extremo o muy alto. Conforme al siguiente cronograma:Vencimiento de las obligaciones de enero 2021: Se prorrogan las fechas de vencimiento de las obligaciones mensuales y el atraso en el registro de ventas y compras electrónicos del periodo enero de 2021 hasta las fechas de vencimiento correspondientes a febrero de 2021. Conforme al siguiente detalle:Cronograma para las obligaciones tributarias de vencimiento mensual a cargo de la Sunat – Según prórrogaMes al que corresponde la obligaciónFecha de vencimiento según el último dígito del RUC012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes (0,1,2,3,4,5,6,7,8 y 9)Enero-Febrero12 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 202122 de marzo de 2021Fecha máxima de atraso del registro de compras y del registro de ventas e ingreso – Según prórroga (Sea generado mediante el SLE-PLE o el SLE-Portal)Mes al que corresponde la obligaciónFecha de vencimiento según el último dígito del RUC012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes (0,1,2,3,4,5,6,7,8 y 9)Enero-Febrero11 de marzo de 202112 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 2021Por otro lado, aquellos contribuyentes que no cumplan con los requisitos de la R.S. N°016-2021/SUNAT, aplicarán lo dispuesto en la R.S. N° 224-2020/SUNAT que establece el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica, conforme al siguiente detalle:Cronograma para las obligaciones tributarias de vencimiento mensual a cargo de la Sunat – R.S. N° 224-2020/SUNATMes al que corresponde la obligaciónFecha de vencimiento según el último dígito del RUC012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes (0,1,2,3,4,5,6,7,8 y 9)Febrero12 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 202122 de marzo de 2021Fecha máxima de atraso del registro de compras y del registro de ventas e ingreso – (Sea generado mediante el SLE-PLE o el SLE-Portal) – R.S. N° 224-2020/SUNAT Mes al que corresponde la obligaciónFecha de vencimiento según el último dígito del RUC012 y 34 y 56 y 78 y 9Buenos Contribuyentes (0,1,2,3,4,5,6,7,8 y 9)Febrero11 de marzo de 202112 de marzo de 202115 de marzo de 202116 de marzo de 202117 de marzo de 202118 de marzo de 202119 de marzo de 2021Para mayor abundamiento sobre la modificación a los cronogramas tributarios puede revisar el informe especial que figura en la web de Contadores & Empresas o si tuviera un caso particular contactarse con nosotros a consultas@contadoresyempresas.com.peFuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 10/03/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.