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30,000 empresas del sector Turismo pueden aplazar y/o fraccionar deudas

El plazo para acogerse a este beneficio es hasta el 30 de junioLas 30,000 empresas del sector Turismo que tuvieran deudas con el Tesoro Público y el Seguro Social de Salud (Essalud) tienen la oportunidad de aplazarlas hasta por 12 meses y/o fraccionarlas hasta por 36 meses, para aliviar su situación financiera, informó La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).Este beneficio se otorga con una tasa de interés preferencial mensual de 0.27%, lo que permitirá a estas empresas la opción de concentrar sus recursos en la progresiva reactivación de sus negociosLa mayor parte de estas empresas que pueden acogerse a esta facilidad se encuentran ubicadas en las regiones de Cusco (10,700), Lima (5,600), Puno (1,900), Arequipa (1,462) y San Martin (1,297).Este Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF)) – Turismo está a disposición de las empresas del sector turismo que fueron informadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), y cuyos ingresos anuales no superaron las 2300 UIT (S/ 9 millones 660 mil) en el año 2019.El beneficio es para los prestadores de servicios turísticos, entre ellos, los servicios de hospedaje, agencias de viajes y turismo, agencias operadoras de viajes y turismo, de transporte turístico, guías de turismo, restaurantes, centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura ecoturismo o similares así como los artesanos.Trámite onlineEl plazo para presentar las solicitudes de acogimiento al RAF – Turismo vence el 30 de junio próximo y se realiza mediante Internet, con el propósito de reducir el costo para el contribuyente y el tiempo de atención del trámite.Para formalizar la solicitud, se debe ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL. Luego seleccionar la opción ”Solicito Fraccionamiento RAF – TURISMO” y dentro de ella el Formulario Virtual N° 1706 – ”Formulario Virtual de Fraccionamiento – RAF – TURISMO”.El solicitante debe obtener previamente la deuda personalizada, una vez obtenida, esta se cargará en el Formulario Virtual N° 1706. Luego se debe elegir si se acoge al aplazamiento, fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento.Fuente: Diario El Peruano Fecha: 08/06/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.